España autoriza la liquidéz compartida en el poker online
El titular de la Dirección General de Ordenación del Juego de España (DGOJ), Juan Espinosa, firmó este viernes la Resolución por la que se acuerda autorizar una modalidad de liquidez distinta a la propia, de la participación de los jugadores con registro de usuario español para el juego de póker online, y por la que se modifican determinadas resoluciones sobre las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
Esta resolución, que entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado a lo largo del mes de enero, permitirá que los operadores que cuenten con las correspondientes licencias de juego para ofrecer póker online a usuarios en España, puedan ofrecer mesas y torneos en los que existan usuarios de las jurisdicciones firmantes del Acuerdo sobre liquidez compartida en este juego firmado en Roma el pasado 6 de julio, en los términos establecidos por tales jurisdicciones.
La Resolución establece las condiciones a que dichos operadores deben sujetar la posibilidad de comercializar el juego de póker bajo liquidez compartida e igualmente, mediante las correspondientes modificaciones del marco actual, las condiciones técnicas, de control y de reporte necesarias para que pueda ser ofrecido con todas las garantías para el orden público y los usuarios.
La posibilidad de liquidez con jugadores de otras jurisdicciones a través de entornos que resulten seguros para los usuarios españoles, en juegos como el póker para los que la masa o profundidad de las participaciones es un elemento importante, aumenta la variedad e innovación y por tanto las opciones de los consumidores, reforzando el mercado regulado de juego en línea y con ello su sostenibilidad social.
La efectiva implementación de este marco en España, tras la realizada en Francia, abre la posibilidad de que los operadores oferten mesas con jugadores de ambos países a partir de las próximas semanas.




